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Atiende IAIPO recursos de revisión interpuestos por la ciudadanía

  • Emite recomendaciones para que Sujetos obligados atiendan solicitudes de información

Oaxaca de Juárez, Oax.- En su Primera Sesión Ordinaria del 2019, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) resolvió 24 recursos de revisión en contra de distintos Sujetos obligados estatales, y emitió 25 recomendaciones para que los entidades gubernamentales atiendan oportunamente las solicitudes de información.

De los recursos de revisión atendidos, en nueve de ellos se ordenó la entrega de la información solicitada, en tres se confirmó la respuesta de los Sujetos obligados y 12 casos fueron sobreseídos.

Al resolver el recurso de revisión 307/2018, el Consejo General del IAIPO ordenó al Instituto Tecnológico Superior de Teposcolula (ITSTE), informar a cuánto asciende el pago quincenal, mensual y anual para elementos de la PABIC o empresas privadas que se encuentren desempeñando funciones de custodia o protección a funcionarios.

Respecto al recurso de revisión 311/2018, el Pleno del Órgano garante revocó la respuesta de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (SINFRA), y ordenó a que ésta proporcione información respecto a la obra denominada “Centro de Iniciación Musical de Oaxaca”, y generar un acuerdo de reserva de la información que guarde relación con el juicio de nulidad referido por el Sujeto obligado.

En la resolución al recurso de revisión 368/2018, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) a proporcionar un informe respecto de los expedientes iniciados relacionados con los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como cuántos de estos expedientes han culminado con recomendaciones.

Para el asunto 388/2018, el Consejo General del IAIPO determinó que la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca deberá proporcionar de manera total la información relativa a sueldos y becas otorgadas a un servidor público de esa casa de estudios.

En lo que respecta al recurso de revisión 383/2018,  el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Andrés Huayapam que informe el monto total de las disponibilidades presupuestarias en pesos al cierre del segundo trimestre de 2018.

En cuanto al recurso de revisión 375/2018, el Pleno del IAIPO determinó que el Ayuntamiento de Chahuites debe informar qué datos personales compila, con qué finalidad y en qué soportes físicos los almacena y da tratamiento.

En la resolución al recurso de revisión 346/2018,  el Consejo General del IAIPO ordenó al Partido Revolucionario Institucional entregar los inventarios documentales y guía documental de los archivos de trámite 2018 y respecto a los inventarios documentales de concentración e históricos debe realizar búsqueda y de ser el caso, debe realizar declaratoria de inexistencia.

Respecto al recurso de revisión 002/2018, el Pleno del Órgano garante determinó que Servicios de Salud de Oaxaca debe entregar declaratoria de inexistencia de información debidamente fundada y motivada respecto a la bitácora de la obra denominada “Construcción del Hospital Especializado de la Mujer Oaxaqueña”.

En la resolución al recurso de revisión 337/2018, el  Pleno del Órgano Garante que realice declaratoria de inexistencia de la información confirmada por su Comité de Transparencia para dar certeza jurídica al recurrente.

En las resoluciones a los recursos de revisión 288/2018 y 322/2018, el Consejo General del IAIPO confirmó la respuesta de la Secretaría de Administración y de la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable respectivamente debido a que la información que les fue solicitada no es de su competencia. En el recurso de revisión 355/2018, fue confirmada la respuesta de Gubernatura porque la información solicitada reviste el carácter de confidencial.

Los recursos de revisión en contra de la Universidad de la Cañada (201/2018), Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (207/2018), Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior en el Estado de Oaxaca (239/2018), Servicios de Salud de Oaxaca (309/2018), Dirección General de Notarías y Archivo General de Notarías (341/2018), Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca (320/2018), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (370/2018), Ayuntamiento de San Agustín Etla (379/2018) y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca  (382/2018), fueron sobreseídos porque estos Sujetos obligados modificaron su acto y proporcionaron la información solicitada.

Mientras que los recursos de revisión en contra del Ayuntamiento de El Espinal (382/2018), Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (325/2018) y Servicios de Salud de Oaxaca (358/2018) fueron sobreseídos por improcedentes.

Asimismo, durante la Primera Sesión Ordinaria, el Consejo General del IAIPO emitió 25 recomendaciones a 22 Sujetos Obligados de la entidad para que atiendan oportunamente las solicitudes de acceso a la información pública. Estos Sujetos obligados son: Instituto de la Juventud del Estado de Oaxaca, Municipio de Trinidad Zaachila, Partido Revolucionario Institucional, Defensoría Pública del Estado de Oaxaca (3), San Pablo Huitzo (3), San Lorenzo Cacaotepec (3), Fiscalía General del Estado de Oaxaca, Instituto Oaxaqueño de las Artesanías (3), Consejo Estatal para la Prevención y Control del SIDA, Acatlán de Pérez Figueroa (2), Asunción Cuyotepeji (2), Constancia del Rosario (2), El Espinal e Ixpantepec Nieves.

En la misma sesión, el Consejo General resolvió las denuncias por incumplimiento de Obligaciones de transparencia presentadas en contra del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca (009/IAIP/DJ/2018) y del Ayuntamiento de San Bartolo Coyotepec (018/IAIP/DJ/2018); mismas que fueron consideradas como infundadas.

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