ENTREGA-RECEPCIÓN
Conceptos y Decisiones
Adán Córdova*
En unas horas las autoridades municipales electas tomarán protesta de su encargo, a partir de ese momento asumen la administración –no la propiedad- de los recursos que le correspondan a cada localidad con el objeto de mejorar la calidad de vida de todos sus habitantes.
Uno de los últimos actos de la administración saliente y el primero de la entrante de mayor interés es la Entrega-Recepción, que consiste básicamente en entregar y recibir todos los recursos humanos, financieros y materiales, así como dar a conocer los temas que requieren atención para el adecuado funcionamiento de la administración municipal.
De acuerdo con el informe sobre el cumplimiento del acto de Entrega-Recepción(1) en los municipios emitido en septiembre del 2017 por la entonces Auditoría Superior del Estado, sólo 200 autoridades cumplieron en tiempo y forma con esta responsabilidad; 28 cumplieron previo requerimiento; 28 lo hicieron de forma extemporánea; 145 cumplieron con inconsistencias; 54 no presentaron expediente o lo presentaron incompleto; en 65 municipios la autoridad saliente no realizó la entrega; en 4 la autoridad entrante no quiso recibir; 10 municipios no informaron; en 23 ambas autoridades -entrantes y salientes- manifestaron negativa de ambos para realizar el acto de entrega-recepción; y en 2 municipios sólo presentaron una parte de su expediente.
A la pregunta ¿Qué pasó con quienes no cumplieron en tiempo y forma con esta obligación de ley? Ha dominado el silencio como respuesta, resultados nada alentadores de forma institucional, pero de gran peso negativo en la percepción ciudadana sobre las autoridades estatales y municipales.
Como una medida correctiva el proceso de Entrega-Recepción se fortalece mediante reformas a la Ley Orgánica Municipal y, los lineamientos y guía emitidos por el Órgano Superior de Fiscalización(2) que determinan los responsables, etapas y fechas en las cuales se deben realizar las actividades de forma administrativa. Fortaleciendo además las acciones de control interno, que permitirán investigar, sustanciar y sancionar conforme a la gravedad de la conducta.
Aunado a lo anterior, se establecieron en el código penal, sanciones para quienes sustraigan, destruyan, oculten, utilicen o inutilicen información o documentación, así como para quienes afecten el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública Estatal o Municipal.
A partir de la toma de protesta de las y los nuevos servidores todas sus acciones se tornan de interés público, por ello, deberán buscar mecanismos eficientes de difusión, promover la participación ciudadana, la cocreación y la toma de decisiones de forma conjunta como un ejercicio de buena gobernanza, contar siempre con un fundamento de ley y considerar que la ignorancia o desconocimiento de ésta no les exime de responsabilidad.
Se ha posesionado el discurso que a nivel federal nos encontramos en proceso de una cuarta transformación, sin embargo, de poco o nada servirá si ésta no impacta en nuestros municipios, por ser éste el primer nivel de gobierno y el de mayor contacto directo con la ciudadanía.
(*) El autor es integrante del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción en Oaxaca.
Correo Electrónico: adancordovatrujillo@gmail.com
Twitter: @adancordovat
Facebook: Adán Córdova
Los interesados pueden revisar:
(1) https://www.osfeoaxaca.gob.mx/pdf/transparencia/fraccionXXX/entregaRecepcion/2017/3trimestre.pdf
(2) https://www.osfeoaxaca.gob.mx/documentos/manualesGuias/2018/guiaEntregaRecepcionMunicipal.pdf